HOMICIDIO EN LEGÍTIMA DEFENSA. La opinión de JAVIER MIGLINO.


"En las últimas horas se han suscitado numerosas consultas acerca de que en casos procede considerar que alguien mató en legítima defensa. En 2023 hubo varios casos en lo que fue declarado inocente de homicidio por haber actuado en Legítima defensa puso a todo el mundo a hablar del tema.  Por eso y porque parte de la prensa de la República Argentina quería una respuesta objetiva, a los efectos de que ustedes (estudiantes, abogados o entusiastas del Derecho Penal), puedan entenderlo mejor". 

Dr. Javier Miglino.

Este informe en los medios de Argentina.

La legítima defensa, siempre vuelve a llamar la atención social, a partir de casos emblemáticos como el del policía, un sargento de la Policía Bonaerense, que abatió a un criminal en Moreno que le había robado, a punta de pistola, su moto y el efectivo policial le disparó, temiendo por su propia vida y la de su novia. Es destacable que la doctrina moderna fundamenta la legítima defensa en dos pilares: la protección de la persona y la necesidad de que prevalezca el orden jurídico. El instituto otorga un derecho limitado a la defensa necesaria en el caso que se trate de agresiones con armas, a la vida o integridad corporal, mas tarde este derecho se va extendiendo a la defensa de otros bienes jurídicos, como una moto o un auto, siempre dentro de los limites de la proporcionalidad", dijo Miglino.
"La legítima defensa para ser indiscutible en el plano judicial debe surgir como respuesta de una agresión ilegítima, actual o inminente, por parte de la víctima o de un tercero, contra el agresor, guardando proporcionalidad entre el elemento utilizado para defenderse y el elemento usado por el agresor. Es decir si se mata con un arma de fuego a quien intenta agredir con un arma de fuego o incluso un arma blanca, todo terminará en un sobreseimiento. En cambio si se dispara con un arma de fuego a quien amenaza con dar un golpe de puño, las cosas se complican", dijo Miglino.
El caso de los jóvenes patoteros:
"Nadie puede olvidarse de la manada asesina que mató a Fernando Báez Sosa. Por eso si una persona resulta agredida por unos adolescente pendencieros, aún tratándose de menores de edad, está indicado por la doctrina reconocer su legitima defensa, porque el agredido no puede saber si posteriormente en el transcurso del proceso penal se les reconocerá o no a los jóvenes la madurez moral y espiritual precisa para su responsabilidad y con ello su culpabilidad", dijo Miglino.
El robo o daño en los bienes de la víctima:
"También se da el caso de la legítima defensa cuando el ladrón simplemente quiere apoderarse de bienes de la víctima (moto, auto, etc.), o bien intenta dañarlos impúnemente. La víctima debe intentar el menor daño posible al agresor para repeler la agresión pero no por ello tiene que aceptar la posibilidad de daños a su propiedad o lesiones en su propio cuerpo, sino que está legitimado para emplear como medios defensivos aquellos que tenga a la mano para eliminar el peligro", dijo Miglino. 


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