Dr. Javier Miglino
Entre 2024 y 2025 hubo en Buenos Aires al menos 480 causas por discriminación en colegios privados. Llevando el número a la República Argentina, las causas fueron 1.560. Siempre y según las estadísticas del Ministerio de Educación de la Nación y de los distintos ministerios provinciales, en general los problemas comienzan con alumnos considerados problemáticos o indeseables. Se les niega la vacante de un año para el otro, se les impide el viaje de egresados o simplemente se los invita a irse del establecimiento. Es obvio que hay una justicia Nacional que podrá dar soluciones y distintas justicias en los ámbitos provinciales. En todos los casos en que hemos intervenido hemos tenido soluciones favorables. Por eso si está atravesando el mal momento de que su hijo o hija o ambos, están siendo discriminados por el colegio donde asisten, no dude en contactarnos. Pídanos una consulta. Podemos ayudarlo.
Contacto:
miglinoyasociados@gmail.com
Casos:
Casos:
Fallo 2024
Si bien no hay suficientes elementos probatorios que permitan determinar que la parte denunciada tenía algún tipo de prejuicio respecto de los hijos de la denunciante, teniendo en cuenta que los niños venían cursando desde hace algunos años en la institución educativa, la circunstancia de que el colegio haya dificultado, retrasado o negado, la entrega de los materiales necesarios para que A.B. y L.B. pudieran continuar con el desarrollo de su educación, es una decisión que afecta a los niños en forma desproporcionada e irrazonable.
La conducta denunciada encuadra en los términos de la Ley N° 23.592, normas concordantes y complementarias, como conducta discriminatoria.
Por todo lo expuesto, SE RESUELVE:
"Condenar al Colegio Leonardo Da Vinci S.A.E. (Grupo Vaneduc), a reinscribir a los niños A.B. y L.B. y al pago de una indemnización de $ 18.000.000".
CCC Nación.
Fallo 2023:
Haras del Sur College.
"La situación se plantea sobre la base de un joven de 16 años, C.S. que es acusado de haber realizado distintos actos que podrían verse como escandalosos. Sin embargo el joven ha tenido el mismo comportamiento desde que comenzó el primer grado con solo seis años en el establecimiento y nunca mereció reprensión alguna por parte de las autoridades del colegio. Por eso y ante la presencia de otros elementos probatorios que permitan determinar que la parte denunciada ha agotado todos los elementos en su poder para contribuir a mejorar el comportamiento del joven, resulta impreciso y agraviante que ante la posibilidad de terminar el curso con compañeros de muchos años y hacer un viaje de egresados planificado con una antelación de al menos tres años, consideramos ajustado a derecho que continúe en el establecimiento como alumno regular. En cuanto al pedido de indemnización, también es apropiado a la causa, conforme el daño realizado.
Por ese motivo:
Ordena la reinscripción del joven C.S. como alumno regular del establecimiento. Condenando al pago de las costas y de una indemnización a favor de la familia de la víctima de 17 millones de pesos.
CC Provincia de Buenos Aires.
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